01 diciembre, 2005

Democracia representativa

Democracia representativa

A la hora de hablar de la historia de la democracia hay quienes se remontan a Grecia y quienes prefieren no ir más allá de la Revolución Francesa. En realidad, cualquier forma de participación que excluya o que trate de impedir la representación parlamentaria de los votos populares no es sino una forma espuria de democracia, similar a aquellos sistemas que establecían el sufragio censitario, que impedían el derecho de voto a las mujeres o lo negaban a los negros. La democracia representativa es un sucedáneo de la democracia participativa pero podríamos llegar a estar de acuerdo en que es el menos malo de los sistemas aplicables posibles. Otra cosa es intentar modificar las normas electorales para dejar sin representatividad a quien no piensa como nosotros.

El acuerdo entre los dos principales partidos extremeños para reformar la ley electoral y hacer que sus votos valgan mucho más que los de las minorías se nos presenta como una medida correctora que favorece la gobernabilidad. El argumento parte de una gran mentira: Los pequeños partidos periféricos no tienen más diputados que los que sus votos merecen y las únicas fuerzas con más representación que papeletas son, precisamente, quienes quieren hacer más grande la sangrante herida que hace que el parlamento no refleje fielmente la voluntad popular. Todo apunta a apretar las clavijas del sistema hasta lograr un sistema absolutamente bipartidista, en blanco y negro, sin matices, para que quien gane las elecciones – aunque sea el contrario – no tenga que pasar por eso que les parece el mal trago del diálogo, el acuerdo, la concertación y el consenso. ¿Se han planteado alguna vez que la diferencia entre el bipartidismo y el partido único es – numérica y políticamente – mínima?

1 comentario:

Anónimo dijo...

La excusa de la gobernabilidad no me parece aplicable al caso extremeño, que no presenta precisamente un multipartidismo extremo en la composición de su parlamento. Las sucesivas elecciones han demostrado que apenas es necesario el acuerdo con un tercer partido (eso, si no media mayoría absoluta). Una ley que restrinja aún más el acceso a la Asamblea no debe fundamentarse pues en el criterio de la gobernabilidad sin incurrir en el falseamiento de sus fines, más o menos claros, es decir, un reparto del pastel representativo entre los dos grandes. Más que una corrección, es una distorsión inaceptable en una región de por sí lo suficientemente uniforme desde el punto de vista político como para no temer la representación más ajustada posible a la fotografía de sus ciudadanos.

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